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La Corte Constitucional determinó que el servicio militar obligatorio en Colombia tendrá una duración de 12 meses sin importar si quien presta este servicio es o no bachiller. 

Todos los soldados en adelante prestarán 12 meses de servicio militar obligatorio. Y los que no son bachilleres podrán elegir al momento de cumplir el tiempo si continúan o no hasta los 18 meses, lapso en el cual podrán desarrollar el módulo de capacitación laboral o empezar sus estudios de secundaria.

El alto tribunal tomó esta determinación al resolver una demanda que presentó la Defensoría del Pueblo contra la ley 1861 de 2017, específicamente contra una norma que establecía la diferencia del tiempo en la prestación del servicio militar entre quienes son bachilleres y quienes no tienen esa formación académica.

Después de analizar el principio de igualdad y establecer si la diferencia entre los periodos de 12 y 18 meses estaba justificada, concluyó que: la diferencia entre los tiempos era razonable porque en el último componente de los 18 meses los conscriptos podían acceder a una etapa de estudio para terminar su bachillerato o recibir capacitación laboral productiva. 

El Defensor del Pueblo demandó una norma que diferencia el tiempo para la prestación del servicio militar obligatorio para los bachilleres y aquellos que no tienen esa formación académica. Consideró que esa disposición era contraria al principio de igualdad establecido en la Constitución. Pretendía que se retire del ordenamiento jurídico la diferencia y la permanencia en filas sea para todos los jóvenes, sin distinción, de 12 meses.
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