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El tribunal de justicia especial creado tras los acuerdos de paz firmados entre el gobierno de Juan Manuel Santos y el grupo terrorista de las FARC acaba de catalogar uno de los más violentos atentados que sufrió el país como un acto válido de guerra enmarcado en el Derecho Internacional Humanitario, les quitó la calidad de víctima a 14 militares que resultaron heridos en el hecho y amnistió a una de las terroristas responsables del sangriento crímen.

Esta determinación fue tomada en el más reciente fallo de la Jurisdicción Especial para la Paz, donde Marilú Rodríguez Baquero, -conocida como la ‘Mata Hari’ de las Farc y cuyo accionar fue fundamental en el ataque con carro bomba- fue amnistiada y goza de plena libertad. 

Con este fallo del pasado 12 de febrero, Ramírez quedó eximida de la condena de 27 años de cárcel por los delitos de terrorismo, tentativa de homicidio y lesiones personales. Ella estuvo infiltrada dentro de la institución educativa y logró introducir la camioneta con 60 kilos de explosivos que detonó en la Escuela.

La corte señaló que el ataque se hizo bajo las reglas establecidas por las normas internacionales y por esta razón, a pesar de la decisión tomada por la justicia ordinaria de catalogar como víctimas a la institución y a los uniformados heridos, se dará “otra valoración” para los militares.

El atentado con carrobomba a la Escuela Superior de Guerra fue perpetrado el 19 de octubre de 2006 en Bogotá y dejó un saldo de 14 militares heridos y nueve civiles afectados.

En este fallo, el tribunal de paz le quitó la calidad de víctimas a la Escuela y a los militares lesionados y dictaminó al respecto que se trató de un ataque militar válido conforme al Derecho Internacional Humanitario (DIH), y que la desmovilizada guerrilla de las Farc, responsable del mismo, acató entonces los principios de distinción, precaución y proporcionalidad.

“Nosotros no teníamos la capacidad de defendernos, fue un ataque con carro bomba”, dijo uno de los afectados en el atentado del 19 de octubre de 2006 a Noticias Caracol.

Para Sebastián Moreno, abogado de la organización Mil víctimas del conflicto, esto “deja un antecedente muy malo porque no reconoce que un ataque con carro bomba configure una violación al DIH”.

Frente a la decisión de la JEP, los militares afectados piden que se reverse y que no se le dé la amnistía a Ramírez Baquero para que pueda aportar verdad y reparación a las víctimas.

¿Como se tomó la decisión del fallo?

Para tomar una decisión de fondo los magistrados de la sala de Amnistía e indulto consultaron a dos jueces internacionales sobre la naturaleza jurídica del ataque perpetrado al centro de Estudios.

Uno de los puntos sobre los que buscaban tener claridad era si el uso de un carro bomba, prohibido por el derecho internacional humanitario, es indiscriminado ya que pude causar daños a personas civiles.

Para uno de los jueces el Suizo Michael Duttwiler la utilización de vehículos cargados con explosivos no son incontrolables y en el caso de este atentado al haberse usado amonal, no necesariamente hubo víctimas indiscriminadas.

Sin embargo, la española Karla Quintana Osuna emitió un concepto totalmente contrario ya que según ella un vehículo cargado con explosivos no se puede dirigir únicamente a un objetivo específico y en este caso el lugar donde se perpetro el ataque estaba localizado en una zona donde hay presencia de civiles –personas y bienes.

Los magistrados de la JEP decidieron solo tomar el concepto del jurista suizo y descartar la tesis opuesta de la juez española.
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