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Ahora sí que los ladrones y delincuentes lo piensen dos veces antes de cometer algún delito. Hoy ya fue aprobada la Ley de Seguridad Ciudadana después de pasar los respectivos debates en el Congreso de la República.  La iniciativa ahora avanza a conciliación entre los textos aprobados en Senado y Cámara y una vez surtido este paso, el proyecto irá a sanción presidencial.

El ministro de Defensa, Diego Molano Aponte, explicó que está Ley va dirigida al ciudadano de a pie, y lo que busca es dar más instrumentos al Estado "para que haya más seguridad, más convivencia y más justicia (...) y poder seguir trabajando en defensa de los colombianos y sin tregua contra los delincuentes".

Esta ley fortalece la seguridad ciudadana, da instrumentos jurídicos a las autoridades e incluye reformas a los códigos penal y de procedimiento penal, al código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y al de Extensión de Dominio.

Así mismo incluye la regulación de armas, elementos y dispositivos menos letales, sostenibilidad del Registro Nacional de Identificación Balística, entre otras disposiciones. Frente a esto el Ministro Molano señaló que "todo aquel que utilice un arma blanca, o un puñal para atracar, tendrá a partir de hoy mayor agravamiento su pena".

El jefe de la Defensa, Diego Molano Aponte, agradeció al Congreso su disposición para sacar adelante esta ley y recalcó su importancia para que los jueces tengan los instrumentos necesarios que permitan llevar a la cárcel a todos aquellos delincuentes reincidentes en delitos que afectan a la ciudadanía como el robo de celulares, bicicletas y otros elementos sin tener la cuenta el costo de los mismos.

“Con este Proyecto de Ley se agravan las penas, particularmente, por ataques a los policías y funcionarios públicos, pero también con aquellos que cometan homicidios contra líderes sociales, a quienes se les dará la máxima pena" declaró el funcionario.

Así mismo el jefe de la cartera de Defensa reiteró que con esta ley en funcionamiento, se termina la reincidencia para los delincuentes que roben varias veces, "aquella práctica en la que un ladrón robaba luego era capturado, y luego era liberado, ¡se acaba! Porque ahora se someterán a medidas intramurales" agregó molano.
Uno de los artículos presentes en este proyecto de ley aumenta las penas para el homicidio agravado cuando este se comete contra servidor o exservidor público, periodista, juez de paz, defensor de derechos humanos o miembro de organización política o religiosa.

En estos casos, según el proyecto, la pena aumentaría de entre 40 y 50 años de prisión que es actualmente, a entre 41 años y medio y 58 años y 3 meses de cárcel.


Una de las modificaciones que se plantea en el texto tiene que ver con la legítima defensa y la proporcionalidad. También propone que ante los casos de declaratoria de inimputabilidad “se ordenará a la autoridad competente la implementación de medidas pedagógicas y de diálogo y se dejará registro de estas. Pero si esta persona insiste en el desarrollo de las conductas punibles, las nuevas acciones no se entenderán amparadas, conforme con las causales de ausencia de responsabilidad o de imputabilidad”.

Este texto plantea además que la intimidación y la amenaza con arma de fuego, traumática, menos letal o blanca, deben ser considerados como delitos y, por lo tanto, castigados con penas entre los cuatro y seis años de cárcel.

Frente al delito de hurto, el proyecto propone que las personas deben ser condenadas de dos a cuatro años, cuando la cuantía sea inferior a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes, y de cuatro a nueve años cuando la cuantía sea igual o superior a cuatro salarios mínimos.

Además, una pena de cuatro a doce años de prisión cuando se afecte la infraestructura destinada a la seguridad ciudadana, el sistema de transporte público masivo y las instalaciones militares o de policía.

Con relación al delito de instigación a delinquir, el texto indica que si la conducta se realiza para cometer delitos de hurto calificado o agravado, daño en bien ajeno simple o agravado, la pena será de cuatro a seis años de prisión. Pero si la conducta se realiza para cometer cualquiera de los delitos de genocidio, homicidio agravado, desaparición forzada, secuestro, secuestro extorsivo, tortura, traslado forzoso, desplazamiento forzado, homicidio o violencia contra servidor público, la pena debe ser de 10 a 20 años de prisión y una multa de 800 a 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Frente a este delito, el proyecto de ley agrega que las personas que usen máscaras o elementos similares que sirvan para ocultar la identidad o la dificulten, empleen armas convencionales o usen menores de edad, tendrán una mayor condena.
Hasta 60 años de cárcel pagará quien asesine a un Policía: Congreso aprobó la nueva Ley de Seguridad Ciudadana
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