El aspirante a la presidencia de Colombia, Gustavo Petro, aseguró en diálogo con la emisora RCN Radio que llegado el caso de ser elegido como presidente, no autorizaría bombardeos de la Fuerza Aérea Colombiana contra los grupos terroristas o bandas criminales que delinquen en el territorio nacional.
El político de extrema izquierda fue más allá en la entrevista y declaró tajantemente que "jamás" aprobaría este tipo de operaciones a las que calificó como actos genocidas. "Quien ordena un bombardeo para mantener el orden público es un genocida" expresó Petro. El candidato también dijo que el acuerdo entre el Gobierno colombiano y las Farc se tiene que respetar, pero consideró que ello no puede ser calificado con el nombre de paz.
Estas polémicas declaraciones van en contravía de las políticas y directrices que los gobiernos colombianos han usado para combatir la amenaza terrorista durante las últimas décadas. Precisamente cabe recordar que desde el año pasado las Fuerzas Militares están blindadas legalmente para utilizar todo su poder de combate, incluyendo los bombardeos aéreos, en contra de las disidencias y grupos de ‘crimen residual’ que persisten en varios territorios tras la desmovilización y desarme de las Farc.
En ese entonces el Ministerio de Defensa Nacional expidió la Directiva 037 de 2017 que caracteriza aquellos grupos integrados por sujetos antes pertenecientes a las desaparecidas Farc, como Grupo Armado Organizado (GAO) residual y le brinda a la Fuerza Pública el marco jurídico para hacer uso de todos los instrumentos legales en la lucha contra los GAO, en el marco del Derecho Internacional Humanitario.
La Directiva firmada el pasado 26 de octubre por el ministro de Defensa nacional, Luis Carlos Villegas, establece conceptos claros y conforme a los estándares internacionales, e imparte directrices al Comando General de las Fuerzas Militares y a la Dirección de la Policía, de denominación de las amenazas y el uso de la fuerza, los cuales garantizan la seguridad jurídica de los miembros de la Fuerza Pública en el ejercicio de sus funciones.
De igual manera la Directiva 015 del año 2016, que estableció los procedimientos de caracterización de las estructuras que pueden ser consideradas como Grupos Armados Organizados; le permitió a la Fuerza Pública actuar de manera contundente, empleando el uso de bombardeos, contra las organizaciones armadas ilegales (también llamadas BACRIM) que afectan la seguridad de los colombianos.
Es importante destacar que el uso de la fuerza es determinado a partir de la caracterización realizada por el Centro Integrado de Inteligencia para los Grupos Delictivos Organizados y Grupos Armados Organizados (CI2GDO/GAO) en conjunto con la Junta de Inteligencia Conjunta y aprobada en Acuerdo de Comandantes y ratificada por del Consejo de Seguridad Nacional.
A juzgar por sus declaraciones, Petro eliminaría una de las herramientas más efectivas que tienen las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, para actuar de manera contundente frente a las amenazas existentes y las nuevas estructuras que no se acogieron al acuerdo de paz con el gobierno nacional y que afectan la seguridad de los colombianos constituyéndose en una amenaza a la estabilidad.
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