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El Ministerio de Defensa interpuso, en su calidad de víctima, recurso de reposición y en subsidio de apelación a la resolución emitida por la Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz, que otorgó el beneficio de la amnistía a Marilú Ramírez Baquero en el caso del atentado contra la Escuela Superior de Guerra. 

El Ministro Holmes Trujillo indicó que con este recurso el Ministerio argumenta que “el terrorismo no es conexo al delito de rebelión”, por lo que “no puede ser materia de indulto o amnistía. Esta calificación fue dada por las autoridades judiciales colombianas a la conducta en la cual incurrió Marilú Ramírez Baquero, quien fue condenada por terrorismo en concurso homogéneo con el de tentativa de homicidio agravado y lesiones personales agravadas”. 

Agregó que “el recurso interpuesto por el Ministerio de Defensa controvierte el concepto de objetivo militar que fundamenta la decisión, ya que en la misma se desconoce que la Escuela Superior de Guerra es una institución de educación superior en la que hay personal civil”.
Para el jefe de la cartera de Defensa, “esta decisión no tiene en cuenta los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición consagrados en la justicia transicional y vulnera los derechos de las víctimas”. 

El Ministro Holmes Trujillo también explicó que este recurso ante la JEP “deberá ser resuelto en los términos de la ley 1922 de 2018, ‘por medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz’”. 

Cabe reiterar que el recurso interpuesto se fundamenta en controvertir la no conexidad del delito de terrorismo y rebelión, además de lo fundamentado por el AMICUS CURIAE que sirvió de criterio orientador a la Sala, que a juicio de esta cartera desconoce los principios fundamentales del Derecho Internacional Humanitario y Derecho Operacional, sustentando conceptos como necesidad militar, objetivo militar, ventaja militar, el empleo de bienes civiles configurando actos pérfidos, los derechos de las víctimas y el desconocimiento del control de convencionalidad.
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