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La Jurisdicción Especial de Paz (JEP) realizó una audiencia pública en la que los magistrados de la Sala de Reconocimiento ordenaron la captura de Hernán Darío Velásquez, ‘El Paisa’.

La audiencia se realiza porque Velásquez no atendió las citaciones de la JEP en las que se le pedía información sobre las actividades realizadas cuando era guerrillero y las acciones de reincorporación que realizó en la zona veredal a la que fue trasladado.

Las autoridades y el propio partido FARC dicen desconocer el paradero de Velásquez, quien hasta agosto pasado lideraba en el caserío de Miravalle, que hace parte del municipio de San Vicente del Caguán, en el departamento Caquetá (suroeste), la reincorporación a la vida civil de exguerrilleros de la antigua columna Teófilo Forero que él encabezó.

La audiencia para definir la situación de Velásquez se realizó en las instalaciones de la JEP desde las 8 de la mañana. Allí, la Procuraduría y la defensa presentaron oral y públicamente sus alegatos a la Sala de Reconocimiento. También pudieron intervenir la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, que hacen parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

El incidente de verificación de cumplimiento del régimen de condicionalidad de Velásquez Saldarriaga se abrió́ el 25 de octubre de 2018 luego de que el 10 de septiembre de 2018 la Sala de Reconocimiento solicitó a los 31 comparecientes del Caso 001, incluido Velásquez Saldarriaga, informes individuales y personales sobre sus actividades de reincorporación y otras obligaciones relevantes para el caso. De los 31 comparecientes, Velásquez fue el único que no presentó el informe dentro del plazo otorgado. Tampoco solicitó prórroga para hacerlo.

Asimismo, Velásquez fue citado a la diligencia de inicio del Caso 001 ante la Sala de Reconocimiento. Sin embargo, no compareció personalmente ni nombró defensor. Desde entonces, un abogado del Sistema de Asesoría y Defensa de la JEP (SAAD) ha venido oficiando como defensor de Velásquez.

El 6 de diciembre de 2018, después de haber recibido las solicitudes de las partes y los intervinientes, la Sala decretó la práctica de todas las pruebas para verificar de manera rigurosa el cumplimiento del régimen de condicionalidad por parte de Velásquez Saldarriaga. Dentro de las pruebas decretadas se encuentra la solicitud a 13 entidades del Estado de toda la información con la que cuentan sobre el proceso de reincorporación de Velásquez. 

Además, la Sala comisionó en dos ocasiones a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP para realizar una inspección al Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) de Miravalle, Caquetá, en el que acopió información para determinar la ubicación y últimas actividades de Velázquez e hizo una revisión a las investigaciones judiciales identificadas y remitidas por la Fiscalía General de la Nación.

Adicionalmente, la Sala le solicitó información concerniente a este proceso de reincorporación a cinco Embajadas en Colombia y a la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia. 

El término para la práctica de pruebas, conforme a lo previsto en el artículo 67 de la Ley 1922 de 2018, culminó el pasado jueves 21 de marzo. El viernes 22, siguiendo lo establecido en la Ley, la Sala puso a disposición de las partes todas las pruebas recaudadas y estableció un término de diez días para la presentación de alegatos finales por parte de estos. Ese término para la presentación de alegatos venció el 9 de abril de 2019.

Además, Velásquez Saldarriaga tampoco compareció el pasado 18 de marzo ante la Sala de Reconocimiento de la JEP, luego que les ordenó a los 31 miembros del Estado Mayor Central, a través del Auto 02 del 17 de enero de 2019, rendir versión en el marco del caso 001, "Retención ilegal de personas por parte de las Farc-EP", conocido como el de secuestro.

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